Existe mucha controversia sobre la información "confidencial" que un colaborador conoce dentro de la operación de una empresa y sobre las limitantes y consecuencias legales que conlleva la salida de este colaborador de la empresa.
En este sentido es preciso señalar que primero debemos de identificar que elementos de la operación de la empresa son realmente confidenciales, por ejemplo, una lista de clientes que sus datos se encuentren para libre acceso en internet, no se considera confidencial, por lo que un excolaborador podría contactar a nuestros clientes para ofrecer distintos productos sin que esto implique una violación a la confidencialidad.
Pero por otro lado, si el excolaborador conoce los requerimientos de los clientes, calidades de los productos, precios, margen de ganancia, condiciones de venta, etc., y a partir de esta información contacta a un cliente para desplazar a la empresa como proveedor si existe una violación a la confidencialidad de la información a la que tuvo acceso.
Ya que es muy diferente la información considerada realmente confidencial existe controversia sobre si un ex colaborador hace mal uso de los secretos de operación que conoce, sin embargo existen técnicas para poder identificar lo que realmente se considera dentro de esta categoría, una clara señal es aquello que nos distingue de la competencia y que permite hacer un diferenciador en el mercado.
Esta información también se puede registrar para que se considere un activo de la empresa, mismo que se puede valuar como un intangible e integrarse al patrimonio de la misma.
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